domingo, 24 de febrero de 2008

Encuesta: ¿Crees que la información del titular registral debería ser de carácter público?

Es una pregunta que me llevo haciendo durante unos días, a raíz de los últimos esfuerzos que está haciendo el Registro de la Propiedad en materia de tecnología de mostrar la línea que dibuja el registrador donde se marcan los límites de la finca junto con el número de finca registral, y que además se encuentra todo ello sobre un servidor WMS de carácter público. Ver un ejemplo.

Conocer el nombre del titular registral, ha sido siempre el gran reto en la intermediación inmobiliaria. El año pasado escribí un post sobre los pasos a seguir para encontrar al propietario de un inmueble, y que actualmente no puedo decir que sea un procedimiento válido, porque en el registro de la propiedad ya siempre te pide que des el nombre del titular registral. En algunos estados de EEUU por ejemplo, puedes consultar ésta información directamente desde Internet.

El principal argumento a favor de hacer la información del titular registral de carácter público, es la eliminación de intermediarios que no aporten valor en las operaciones, y así facilitar la comunicación entre el comprador y el vendedor. El hecho de que existan intermediarios en las operaciones inmobiliarias, hace que se incremente el precio de dichas operaciones, incrementando a su vez también el precio del producto final. Por lo tanto: información del titular registral de carácter público significa eliminación de intermediarios, y por consiguiente la reducción del precio del producto final (viviendas más baratas). Otro argumento a favor es el aumento en la agilidad de las operaciones, el comprador podría manejar un mayor volumen de oferta para tomar las decisiones, además de tener siempre la seguridad de saber con quién está tratando. Existen ocasiones en que, el hecho de que existan un gran número de intermediarios en una operación, ha hecho que ésta se caiga únicamente por éste motivo (se han llegado a encontrar hasta 20 intermediarios en la puerta de una notaría, y seguidamente el comprador ha dicho: no firmo).

Con esto no quiero decir que esté en contra la intermediación inmobiliaria, sino que considero que el escenario ideal de las operaciones es aquel en el que existen como mucho dos intermediarios: uno que mantiene relación con el comprador y el otro con el vendedor. Son el comprador y el vendedor los que deciden si su intermediario ha aportado o no valor a la operación. Todo lo demás debería de eliminarse.

Por todo ésto, me gustaría lanzar la pregunta sobre qué opinan los lectores de que la información del titular registral sea pública o no. Yo he votado SI.



Bloggers Inmobiliarios

2 comentarios:

Anónimo dijo...

La información del titular registral está al alcance de cualquiera que pida una nota simple por 3,5 euros, no entiendo el sentido del artículo a menos que te refieras a su domicilio (protegido por razones evidentes, aunque por otra parte suele coincidir con el del inmueble) o al titular catastral, que sí está protegido de las consultas.
En cualquier caso, un gran blog que visito frecuentemente.

Unknown dijo...

Hola Miguel Angel.
No existe una forma clara de conocer el nombre del propietario de un inmueble en el Registro de la Propiedad. Cuando pides una nota simple por internet por 9 €, te pide que facilites el nombre del titular registral, de otra manera no te la dan. A eso se refiere el artículo. Cuando se trata de viviendas, suele ser tan fácil como llamar y preguntar por el dueño o a los vecinos, pero cuando se trata de solares, parcelas o fincas rústicas, es un asunto que no es nada sencillo de resolver. Por eso, a mi me gustaría que existiera un registro de la propiedad que te facilitase la información registral (titular registral, cargas, etc) directamente desde una web, de forma automatizada y gratuita, y con posibilidad de usar esos datos por terceras aplicacines, de forma similar a lo que ocurre con el mapa de fincas regisrales.